NUESTRAS NORMAS DE TRANSPARENCIA
A través de este documento Tu Hipoteca Segura, SL informa a sus clientes de sus normas de transparencia en relación con la contratación de nuestros servicios de intermediación financiera.
Existirán ocasiones en las que sólo se ofrecerá un servicio de mediación o asesoramiento para la contratación de un crédito hipotecario. En estos casos siempre se informará a nuestro cliente verificando que la entidad que ofrece el crédito esté adherida al Código Europeo de Conducta.
LOS DERECHOS DE NUESTROS CLIENTES
Los clientes de Tu Hipoteca Segura disponen de los siguientes derechos:
Disponer de una copia del contrato realizado con el Intermediario financiero.
Acceso a las hojas informativas de nuestras tarifas, a plena disposición de nuestros clientes.
Obtener la Ficha Europea de Información Normalizada (FEIN) y la Ficha de Advertencias Estandarizadas (FiAE) siempre que contrate un crédito o préstamo hipotecario con nosotros como intermediarios.
Estar informados debidamente de las condiciones generales que se establezcan en la contratación.
Estar debidamente informados de nuestras normas de transparencia estipuladas en este documento.
Estar correctamente informados sobre si nosotros, como intermediarios, intervenimos en la operación con vinculación contractual que suponga afección con alguna entidad de crédito.
Deben recibir, previamente a la realización y formalización del contrato, nuestros honorarios, tarifas, gastos y suplidos que puedan derivarse.
Recibir información por nuestra parte sobre todos los servicios contratados con nosotros, ya sean de mediación, de asesoramiento, etc.
Tu Hipoteca Segura debe disponer de un seguro de responsabilidad civil profesional o aval bancario para hacer frente a las responsabilidades que pudieran surgir por negligencia profesional en el ámbito territorial en el que ofrezca sus servicios.
Disponer del importe del precio total a liquidar por los servicios contratados, incluyendo todas las comisiones y gastos que puedan derivarse.
En la página web www.tuhipotecasegura.com el cliente tiene a su disposición el procedimiento de resolución de quejas y reclamaciones seguido por Tu Hipoteca Segura, para aquellos conflictos que pudieren producirse en la contratación del servicio de intermediación ofrecido por la misma.
El contrato de intermediación financiera a suscribir con Tu Hipoteca Segura se formalizará en la lengua que los clientes elijan: catalán, castellano, gallego y/o vasco.
Toda la documentación contractual será entregada a los clientes en el idioma acordado en la propuesta de contratación para su total comprensión.
Los clientes podrán desistir el contrato de intermediación formalizado con Tu Hipoteca Segura en los catorce días naturales posteriores a la firma del mismo, sin necesidad de justificación y sin aplicar ninguna penalización, remitiendo a Tu Hipoteca Segura el correspondiente requerimiento de autenticidad, dentro del plazo establecido, a través de nuestro e-mail info@tuhipotecasegura.com o a nuestra dirección postal c/ Avda. Cataluña 103, Local 3 08150 Parets del vallés (Barcelona)
El cliente tiene derecho a solicitar ofertas asociadas.
PROTEGEMOS A NUESTROS CLIENTES
Protegen y amparan a nuestros clientes las siguientes leyes u organismos legales:
Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, mediante el cual se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
Decreto 206/1990, de 30 de julio, sobre la inspección de disciplina de mercado y consumo.
Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo.
Ley 29/2009, de 30 de septiembre, a través de la cual se modifica el régimen legal de la competencia desleal y de la publicidad por la mejora de la protección de los consumidores y usuarios.
Ley 7/1998, de 13 de abril, acerca de las condiciones generales de la contratación.
Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de Consumo de Catalunya.
Ley 2/2009, de 31 de marzo, que regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de Servicios de intermediación para la realización de contratos de préstamos o créditos.
Real Decreto 106/2011, de 28 de enero, por la cual se crea y regula el Registro estatal de empresas previsto en la Ley 2/2009, de 31 de marzo, por la que se regula la contratación de los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de Servicios de intermediación para la realización de contratos de préstamos o créditos, y se establece el importe fijo mínimo correspondiente al seguro de responsabilidad o aval bancario para el ejercicio de estas actividades.
Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario.
Real Decreto 309/2019, de 26 de abril, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario y se adoptan otras medidas en materia.
Ley de 23 de julio de 1908, de la usura, en referencia a los contratos de préstamo.
Código de Conducta Europeo sobre información precontractual para créditos a vivienda.
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos)
Cualesquiera otras Leyes autonómicas de protección de los consumidores y usuarios.