FICHA DE IDENTIDAD DEL INTERMEDIARIO DE CRÉDITO

 

 

1.- Identidad y domicilio

 

Tu Hipoteca Segura, SL

NIF: B-67578690

 Avda. Catalunya 103, Local 3 de Parets del Vallés 08150 (Barcelona)

Teléfono: 93.848.95.68

Mail: info@tuhipotecasegura.com

 

 

2.- El registro en el que esté inscrito, el número de registro, y los medios para comprobar esa inscripción.

 

Registro Mercantil

Tu Hipoteca Segura, SL, con CIF B-67578690 se encuentra inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona al tomo 47209, folio 194, hoja 544790, inscripción 1ª.

 

La comprobación de la inscripción puede efectuarse mediante consulta del BORME, en la siguiente página web: https://www.boe.es/diario_borme/

 

Banco de España

Tu Hipoteca Segura, SL, se encuentra inscrita en el Registro de Intermediarios de Crédito Inmobiliario del Banco de España, con el número de codificación  D100.

 

La comprobación de la inscripción puede efectuarse mediante consulta al siguiente mail: registroicipi@bde.es.

 

 

 

3.- Si el intermediario de crédito inmobiliario ofrece o no servicios de asesoramiento y si éstos son independientes.

 

En materia de crédito inmobiliario Tu Hipoteca Segura, SL (en adelante Tu Hipoteca Segura) realiza labores de intermediación para la obtención de operaciones de préstamo o crédito, en calidad de intermediario independiente. Asimismo, también ofrecerá servicios de intermediación, siendo éstos independientes.

 

 

4.- Tarifas del servicio de intermediación de crédito inmobiliario.

 

Tu Hipoteca Segura percibirá los siguientes honorarios:

  • Por el servicio de intermediación financiera SIN asesoramiento hasta un importe de 300.000 € de compra……………………..4.500-€
  • Por el servicio de intermediación financiera SIN asesoramiento por un importe superior a 300.000 € de compra……………………..5.000-€

 

  • Por el servicio de intermediación financiera y asesoramiento…………………………6.500.-€

 

 

5.- Los procedimientos a disposición de los prestatarios u otros interesados para realizar reclamaciones extrajudiciales contra los intermediarios de crédito inmobiliario y, en su caso, las vías de acceso a dichos procedimientos.

 

Tu Hipoteca Segura dispone de un protocolo de quejas y reclamaciones que se entrega a sus clientes en el que se expone el procedimiento para efectuar reclamaciones extrajudiciales así como los medios para llevar a cabo las mismas.

 

  • Quiénes pueden reclamar: Los usuarios de cualquier servicio prestado por Tu Hipoteca Segura, SL.
  • Cómo reclamar: La reclamación o queja se dirigirá firmada por mail a la siguiente dirección: info@tuhipotecasegura.com o directamente mediante correo ordinario a nuestro domicilio social sito en c/ Torrent 1, Local 4 08290 Cerdanyola del Vallés (Barcelona), conforme a lo previsto en la Ley 59/2003 de 19 de diciembre de Firma Electrónica, medios a los que también puede dirigirse para cualquier aclaración o consulta adicional relativa a las mismas.

 

A través del teléfono de atención al cliente: 93.848.95.68, podrán efectuarse consultas en relación a quejas o reclamaciones ya interpuestas, pero no la interposición de las mismas, las cuales deberán ser siempre por escrito.

 

La reclamación o queja deberá realizarse por escrito y, en ella, deben consignar sus datos personales, domicilio y los hechos que justifican su pretensión.

 

 

  • Contenido mínimo de la reclamación: Deberá presentar su reclamación acompañada de la totalidad de la documentación que acredite las alegaciones realizadas en su interés.

 

Deberá necesariamente acompañar su documento nacional de identidad o apoderamiento específico para tal gestión.

 

En caso de que se haya efectuado una reclamación sin adjuntar e identificar la totalidad de la documentación necesaria para su contestación, Tu Hipoteca Segura, SL se reserva el derecho de archivar el expediente abierto por falta de documentación un mes después de la interposición de la reclamación sin que el cliente haya aportado los documentos complementarios solicitados por Tu Hipoteca Segura, SL y que pudieran resultar necesarios para resolver sobre la reclamación formulada.

 

El archivo de un expediente como consecuencia de la no aportación en plazo de la documentación requerida, no impedirá su reapertura si el reclamante la aportara en un momento posterior.

 

 

  • Cómo resolvemos su reclamación: Ante sus reclamaciones y quejas Tu Hipoteca Segura, SL acusará recibo y las analizará con el personal competente para su análisis y resolución. Tu Hipoteca Segura, SL resolverá su reclamación o queja en el plazo de un mes. A efectos del cómputo de dicho plazo, el inicio de éste será el momento en que se presente la queja o reclamación, con independencia de que el cómputo se pueda interrumpir sino se hubiera presentado correctamente; en este último caso, el cómputo del plazo iniciado en su momento se reanudará. La resolución será vinculante para el intermediario.

 

Tu Hipoteca Segura, SL, trasladará al reclamante la resolución de la queja o reclamación por la misma vía en que ésta se haya interpuesto, ya sea correo postal o bien correo electrónico.

 

Desestimada su reclamación o queja o transcurrido el plazo máximo de resolución, podrá formular su queja, en el plazo máximo de 1 año desde la fecha de interposición de la reclamación (no desde la resolución de la misma), ante la entidad de resolución de litigios de consumo en el sector financiero, a la que hace referencia la disposición adicional primera de la Ley 7/2017 de 2 de noviembre, por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/11/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013.

 

Hasta la entrada en vigor de la Ley prevista en la disposición adicional primera de la Ley 7/2017 de 2 de noviembre, será el servicio de reclamaciones del Banco de España, regulado en el artículo 30 de la Ley 44/2002 de 22 de noviembre de Medidas de Reforma del Sistema Financiero.

 

Servicio de reclamaciones del Banco de España

C/ Alcalá, 48, 28014 Madrid

Teléfono: 91-338.65.30

Web: www.bde.es

 

 

  • Compromiso de estadística: Tu Hipoteca Segura, SL se compromete a elaborar una estadística periódica, la cual estará a disposición del órgano supervisor (Banco de España), sobre los casos presentados, resueltos y la decisión final adoptada, quedando copia en los archivos de la entidad todas las quejas o reclamaciones interpuestas así como la resolución de las mismas.
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